A través de la RG 1178/2026, la Comisión Nacional de Valores (CNV) ha adaptado sus normas a la Resolución MECON 1901/2026, incorporando a los fideicomisos financieros (FF FAL) en el régimen de tasas de fiscalización y control. Los fiduciarios financieros que actúan como entidades financieras y sociedades anónimas deberán abonar una tasa del 0,025% sobre el patrimonio neto de los estados contables anuales de cada FF FAL.
El plazo para el pago de esta tasa es entre el 8° y el 12° día hábil después del vencimiento para presentar los estados contables. A cambio, los FF FAL quedan exentos del arancel de autorización que deben pagar otros fideicomisos financieros. Esta medida busca igualar los costos entre los diferentes vehículos de inversión.
La vigencia de esta resolución comenzará el 7 de noviembre de 2026.