El Ministerio de Economía, mediante la Resolución 1901/2026, ha modificado el régimen de tasas de fiscalización y control y aranceles de autorización de la CNV, incorporando disposiciones específicas para los Fondos de Asistencia Laboral (FAL). La norma establece una tasa anual del 0,025% para los fiduciarios financieros que actúen como entidades habilitadas FAL, calculada sobre el patrimonio neto de los estados contables anuales de los fideicomisos financieros FAL.
Esta tasa se suma a las tasas aplicables a las sociedades gerentes y depositarias de los fondos comunes de inversión, que son del 0,02% por administración y 0,005% por custodia. Además, los FF FAL quedan exceptuados del pago del arancel de autorización, según lo estipulado en el Anexo II de la resolución.