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Actualizado 04/11 12:50
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Corrección de Declaraciones Juradas de IVA tras Notificaciones de ARCA

La Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) ha difundido la respuesta de ARCA sobre las notificaciones recibidas en el Domicilio Fiscal.

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  • Tema: Impuestos.
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  • La Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) ha difundido la respuesta de ARCA sobre las notificaciones recibidas en el Domicilio Fiscal.
Corrección de Declaraciones Juradas de IVA tras Notificaciones de ARCA

La Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) ha difundido la respuesta de ARCA sobre las notificaciones recibidas en el Domicilio Fiscal Electrónico el 2 de noviembre. Estas notificaciones están relacionadas con cambios de calificación en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) al Estado 3 (Alto Riesgo).

Las inconsistencias se originaron en la imputación de reintegros acreditados el 1 de junio de 2026, que debían ser declarados en junio, ya que ese es el período de su acreditación. FAGCE informa que los contribuyentes tendrán 45 días, a partir del 13 de noviembre de 2026, para corregir las declaraciones juradas de IVA observadas y evitar la baja de calificación en SISA.

Los contribuyentes deben revisar la notificación recibida y los períodos observados, verificar si el reintegro acreditado en junio fue declarado en mayo, y consultar la fecha de acreditación en SISA. Para corregir la imputación, deben ingresar con clave fiscal y seguir la ruta Menú Principal → Consultas → Régimen de Devolución de Retenciones → Devolución de Retenciones RG 4310 – Fecha de Operación desde 12/2018 – Cuenta Corriente desde 01/2019.

Es importante que si el reintegro acreditado el 1 de junio se incluyó en mayo, se revise y rectifique las declaraciones involucradas para evitar la duplicación del importe. Se debe conservar el respaldo de la regularización, incluyendo las consultas realizadas, los extractos bancarios y las constancias de presentación de las declaraciones rectificativas.

FAGCE también recordó que el campo “Monto de retenciones reintegrado en el período” debe completarse en la declaración jurada correspondiente al período en que se acreditó el reintegro, según el Artículo 62 RG 4310. Además, el servicio “Pago Devoluciones” no muestra la fecha de acreditación, por lo que la consulta debe realizarse en SISA mediante la ruta indicada.

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