La Resolución General 5921 establece la transición del sistema SICORE al sistema SIRE para 18 regímenes de retención y 3 de percepción del IVA. A partir del 1 de diciembre de 2026, los agentes podrán optar por este cambio. Desde el 1 de abril de 2027, será obligatorio informar e ingresar las retenciones y percepciones de IVA a través del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE).
Entre los regímenes incluidos se encuentran las retenciones vinculadas a honorarios profesionales y el régimen general de la RG 2854. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial el 3 de noviembre de 2026.
Los agentes que decidan adelantar la migración a SIRE deberán hacerlo de manera irrevocable para todos los regímenes enumerados en la resolución. Aquellos que ya habían optado por SIRE bajo el esquema anterior de la RG 4523 continuarán utilizándolo para los regímenes correspondientes.
Los regímenes de retención de IVA que se incorporan a SIRE incluyen, entre otros, los relacionados con proveedores de gas y electricidad, honorarios profesionales y operaciones que generan crédito fiscal de IVA. Por su parte, las percepciones de IVA abarcan ventas de bienes muebles y servicios relacionados con la cadena de haciendas y carnes.
Para dar de alta los códigos de SIRE IVA, se debe realizar el trámite con Clave Fiscal en el servicio Sistema Registral, seleccionando el código correspondiente y solicitando el alta. Las declaraciones juradas de períodos anteriores seguirán presentándose mediante SICORE.