La Resolución General 5921/2026 establece que a partir del 1 de abril de 2027, ciertos regímenes de retención y percepción del IVA deberán informarse e ingresarse a través del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE). Esta medida afecta a varios regímenes, incluyendo aquellos relacionados con empresas proveedoras de servicios, honorarios profesionales y operaciones de compraventa de productos específicos.
Desde el 1 de diciembre de 2026, los agentes podrán optar por utilizar el SIRE anticipadamente. Para ello, deberán dar de alta cada régimen alcanzado desde el “Registro Tributario” y solicitar la baja de los códigos SICORE correspondientes. Las declaraciones juradas de períodos anteriores seguirán presentándose mediante SICORE.