La Resolución 1276/2026 del Ministerio de Economía establece pautas para la inversión de los recursos de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL). Los fondos podrán invertirse en títulos de deuda del Estado Nacional, deuda de provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, depósitos en entidades financieras autorizadas por el BCRA, y obligaciones negociables de emisores privados. Los instrumentos deben contar con oferta pública y calificación de riesgo “AAA”. Además, se establecen límites de diversificación y requisitos de liquidez para las entidades habilitadas.
La norma entrará en vigencia el 12 de agosto de 2026 y la CNV tendrá 45 días para dictar normas complementarias.