El 14 de agosto de 2026, la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y las Cámaras Empresarias del sector metalúrgico acordaron un incremento del 18,75% en los salarios básicos y el pago de sumas no remunerativas para el período de abril 2026 a abril 2027. Este acuerdo se aplica a todas las ramas del CCT 260/75, excluyendo algunas ramas específicas de la provincia de Tierra del Fuego.
Los incrementos se desglosan de la siguiente manera: 4% en agosto, 4% en octubre, 4% en diciembre, 2% en enero y 3,5% en marzo de 2027. Además, se establecieron gratificaciones extraordinarias no remunerativas con importes fijos para varios meses, que no generarán aportes a la seguridad social, salvo excepciones específicas.
Se acordó también una compensación extraordinaria no remunerativa para aquellos con contrato vigente al 31 de julio de 2026, que se pagará en tres cuotas mensuales. Las sumas acordadas serán absorbibles y/o compensables con futuros aumentos.
El acuerdo incluye un ingreso mínimo global de referencia que se ajustará en varias fechas a lo largo del período mencionado. La próxima reunión para discutir estos temas está programada para el 15 de febrero de 2027.