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Pautas de Inversión para Fondos de Asistencia Laboral en Argentina

El Ministerio de Economía ha establecido las pautas generales de inversión para los recursos de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creados por la Ley.

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  • Tema: Laboral.
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  • El Ministerio de Economía ha establecido las pautas generales de inversión para los recursos de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creados por la Ley.
Pautas de Inversión para Fondos de Asistencia Laboral en Argentina

El Ministerio de Economía ha establecido las pautas generales de inversión para los recursos de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creados por la Ley 27.802 y reglamentados por el Decreto 408/2026. La Resolución 1276/2026, publicada en el Boletín Oficial el 12 de agosto de 2026, define los instrumentos elegibles, límites de diversificación, y la liquidez mínima del 10% que deben mantener las entidades habilitadas.

Las inversiones deben respetar principios de seguridad, liquidez, diversificación, transparencia y preservación del capital. Los recursos del FAL solo podrán invertirse en instrumentos específicos, como deuda del Estado Nacional, deuda provincial, depósitos bancarios y obligaciones negociables, cumpliendo con requisitos de autorización y calificación de riesgo.

Además, se establecen límites de concentración para reducir riesgos, y se prohíbe invertir en instrumentos emitidos por la propia entidad o vinculadas. La resolución también exige que al menos el 10% del patrimonio total del FAL esté invertido en activos de alta liquidez.

La vigencia de la resolución comienza el 13 de agosto de 2026, y la Comisión Nacional de Valores deberá dictar normas complementarias en un plazo de 45 días.

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