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Actualizado 11/07 13:06
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Nuevas Normativas de ARCA para Transferencias Financieras a Partir de Julio de 2026

El 11 de julio de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo esquema de control sobre las operaciones financieras en.

Datos principales
  • Tema: Impuestos.
  • Lectura estimada: 3 minutos.
  • El 11 de julio de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo esquema de control sobre las operaciones financieras en.
Nuevas Normativas de ARCA para Transferencias Financieras a Partir de Julio de 2026

El 11 de julio de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo esquema de control sobre las operaciones financieras en Argentina. Este cambio significativo en la normativa afecta a bancos, billeteras virtuales y otras entidades financieras, que ahora deben reportar información sobre los movimientos de sus clientes cuando estos superen ciertos umbrales monetarios.

Modificaciones en los Umbrales de Reporte

Con la entrada en vigor de esta normativa, los límites para la remisión de información han sido elevados considerablemente. A continuación, se detallan los nuevos umbrales establecidos:

  • Transferencias y acreditaciones bancarias: más de $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. Anteriormente, el umbral para personas físicas era de $2.000.000.
  • Extracciones de efectivo: deberán informarse solo si superan los $10.000.000, tanto para personas físicas como jurídicas, eliminando la obligación de reportar montos menores.
  • Saldos al cierre de cada mes: el límite se fijó en $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas, en comparación con el anterior umbral de $1.000.000.
  • Plazos fijos: el deber de informar comienza a partir de $100.000.000 para personas físicas y de $30.000.000 para personas jurídicas, un aumento significativo respecto al límite anterior de $1.000.000.
  • Movimientos en billeteras virtuales: las acreditaciones y transferencias deberán reportarse cuando superen los $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Inversiones en sociedades de bolsa: el monto de referencia será de $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras como consumidor final: se podrán realizar operaciones de hasta $10.000.000 sin requerimientos adicionales de información, en comparación con los límites anteriores de $250.000 en efectivo y $400.000 con otros medios de pago.
  • Pagos: deberán comunicarse a ARCA cuando superen los $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.

Implicancias de Superar los Límites

Es importante destacar que exceder alguno de estos importes no implica automáticamente que el contribuyente esté bajo investigación ni que exista una irregularidad. Los montos establecidos son meramente parámetros que determinan cuándo una entidad financiera debe enviar información al organismo recaudador. Sin embargo, si ARCA detecta inconsistencias entre los movimientos reportados y la situación fiscal del contribuyente, podrá solicitar documentación adicional para respaldar el origen de los fondos.

Documentación Requerida por ARCA

ARCA tiene la facultad de requerir documentación que justifique el origen de los fondos en caso de que una operación resulte inusual por su volumen o no sea compatible con la información fiscal disponible. Entre la documentación que puede ser solicitada se incluyen:

  • Facturas por ventas de bienes o prestación de servicios.
  • Recibos de honorarios.
  • Escrituras o boletos de compraventa de inmuebles.
  • Documentación que respalde la venta de vehículos.
  • Contratos o comprobantes de préstamos previamente declarados.
  • Certificaciones contables u otra documentación que acredite el origen lícito de los fondos.

Contar con esta documentación es fundamental para responder adecuadamente a un eventual requerimiento de ARCA y justificar correctamente las operaciones realizadas.

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