Desde la reforma del régimen de envíos postales internacionales, se establece un límite de 5 envíos por año calendario por persona, ya sea por Correo Oficial o por un Prestador de Servicio Postal (PSP) / courier. Si se supera este cupo, el envío puede ingresar, pero se tributa bajo el régimen general de importación.
La normativa vigente establece una franquicia unificada que exime de derechos de importación y tasa estadística hasta U$S 400 FOB por envío. El valor de referencia por envío es de hasta U$S 3.000 FOB, permitiendo un máximo de 3 unidades de la misma especie.
Para consultar el cupo disponible, se debe acceder al sistema ARCA con la Clave Fiscal y seguir una serie de pasos para verificar la cantidad de envíos restantes. Es importante chequear esta información antes de realizar nuevas compras en el exterior, ya que si se han utilizado los 5 envíos, se deberá optar por el régimen general de importación o solicitar la devolución del paquete.