La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado cambios en el régimen de emisión de comprobantes mediante la Resolución General 5866/2026. Este nuevo esquema establece un cronograma para la incorporación progresiva de sectores a la factura electrónica.
Desde el 1 de julio de 2026, los directores de sociedades anónimas, síndicos y autoridades equivalentes deben emitir comprobantes electrónicos por los honorarios que perciban, debiendo hacerlo al momento de determinar la asignación individual de dichos honorarios.
A partir del 1 de septiembre de 2026, las compañías de seguros deberán emitir comprobantes electrónicos por operaciones realizadas con consumidores finales no responsables inscriptos en el IVA. Esto incluye operaciones vinculadas a descuentos y devoluciones.
Las entidades financieras comenzarán a adaptarse al nuevo régimen desde el 1 de octubre de 2026, emitiendo comprobantes electrónicos por contratos de leasing y actividades de comercio exterior.
El 1 de diciembre de 2026, se ampliará la obligación a préstamos y operaciones de tarjetas de crédito y débito. Finalmente, la última etapa comenzará el 1 de marzo de 2027, cuando las compañías de seguros deberán emitir comprobantes electrónicos por operaciones de coaseguro.