La norma ajusta el régimen CRS, redefine exclusiones para instrumentos de inversión colectiva y precisa cuentas excluidas desde el período fiscal 2026. ARCA modificó el régimen de información y debida diligencia aplicable al intercambio automático de información relativo a cuentas financieras, previsto en la Resolución General 4056, mediante la Resolución General 5887/2026, publicada en el Boletín Oficial el 18 de agosto de 2026.
La norma introduce precisiones sobre los sujetos excluidos y las cuentas excluidas del régimen de información, en el marco del Estándar Común de Reporte, CRS por sus siglas en inglés, elaborado por la OCDE. La modificación busca evitar interpretaciones divergentes sobre qué sujetos y cuentas pueden quedar excluidos del régimen.
Entre los cambios principales se encuentra la eliminación del punto 5 del Anexo II y la sustitución del punto 6, que ahora se refiere a las Entidades de Inversión que califiquen como instrumentos de inversión colectiva exentos. Además, se aclara que se incluyen los instrumentos de inversión colectiva respecto de los cuales la totalidad de las participaciones sean mantenidas en custodia a través de Instituciones Financieras Sujetas a Declarar.
La norma también modifica el último párrafo del punto 7 del Anexo III de la RG 4056, precisando qué cuentas de depósito quedan comprendidas dentro de la categoría de cuentas excluidas, incluyendo el fondo de cese laboral de la construcción, cajas de ahorro para ayuda social y la Cuenta Gratuita Universal, siempre que se cumplan ciertos límites establecidos por la UIF.
La Resolución General 5887/2026 entra en vigencia el día de su publicación y es aplicable a las obligaciones de información correspondientes al período fiscal 2026 y siguientes.