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Actualizado 05/11 11:10
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Régimen de facilidades de pago para MiPyMEs hasta octubre de 2026

El régimen para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro permitirá regularizar obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2026. La.

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Régimen de facilidades de pago para MiPyMEs hasta octubre de 2026

El régimen para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro permitirá regularizar obligaciones vencidas hasta el 31 de octubre de 2026. La incorporación de esas deudas estará disponible desde el 16 de noviembre de 2026. Mediante la RG 5924/2026, se extendió el plazo de adhesión de la RG 5875 hasta el 30 de junio de 2027, reemplazando el corte original del 30 de junio de 2026.

El régimen comprende tres categorías de contribuyentes: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que deben contar con Certificado MiPyME vigente, pequeños contribuyentes caracterizados con el código 547, y entidades sin fines de lucro registradas ante ARCA.

No pueden adherir los sujetos con condena firme no cumplida por delitos específicos, así como personas jurídicas cuyos directivos se encuentren en esas situaciones. Las obligaciones que se pueden regularizar incluyen deudas impositivas, de seguridad social y aduaneras, con ciertas exclusiones.

La adhesión se podrá realizar hasta el 30 de junio de 2027 a través del servicio web “Mis Facilidades”. La caducidad del plan opera ante la falta de pago de dos cuotas consecutivas o alternadas, o de la última cuota, tras 60 días corridos desde su vencimiento.

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