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Actualizado 05/11 11:20
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Categorización de entidades sin fines de lucro para el Fondo de Asistencia Laboral

Las entidades sin fines de lucro pueden iniciar la solicitud de calificación para el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Este trámite permite que, una vez.

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  • Tema: Laboral.
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  • Las entidades sin fines de lucro pueden iniciar la solicitud de calificación para el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Este trámite permite que, una vez.
Categorización de entidades sin fines de lucro para el Fondo de Asistencia Laboral

Las entidades sin fines de lucro pueden iniciar la solicitud de calificación para el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Este trámite permite que, una vez aprobada la solicitud, ARCA registre la caracterización correspondiente.

El artículo 2 de la RG 5907/2026 remite al procedimiento del artículo 12 del Anexo I de la Resolución 220/2019, que contempla la presentación, con Clave Fiscal, del Formulario 1272, disponible en el servicio “PYMES Solicitud de categorización y/o beneficios”. La información presentada tiene carácter de declaración jurada.

La RG 5907/2026 exige una forma jurídica admitida y el cumplimiento de los parámetros de los artículos 2 a 12 del Anexo I de la Resolución 220/2019, abarcando diversas entidades como asociaciones, fundaciones y cooperativas. ARCA asignará códigos de categorización según la calificación informada por la Secretaría competente.

La caracterización se consulta en Sistema Registral y rige desde su otorgamiento hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal. Para las entidades caracterizadas, corresponde una contribución al FAL del 2,5% sobre la base remuneratoria del SIPA.

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