El régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas establece distintos procedimientos de adhesión, convalidación y ratificación, según la situación particular de cada contribuyente. Se destacan quienes habían adherido al régimen anterior, aquellos que optan por primera vez por la modalidad simplificada y quienes deben ratificar su permanencia para períodos fiscales posteriores.
Desde Tributum.News se confeccionó un cuadro comparativo de nueve situaciones, indicando el trámite correspondiente, los códigos de caracterización ARCA (618, 639 y 661), su fundamento normativo y los plazos aplicables. Se distinguen especialmente las obligaciones correspondientes al período fiscal 2025, cuyo vencimiento fue prorrogado al 30/10/2026 por la Resolución General 5911/2026, así como la ratificación anual para 2026 y aquellos supuestos que no requieren nuevas gestiones.
Los contribuyentes pueden verificar su caracterización vigente y los códigos asignados a través del servicio con Clave Fiscal "Sistema Registral", ingresando a la opción "Consulta / Datos registrales / Caracterizaciones". Si ya se adhirió al régimen y presentó la declaración jurada, no es necesario realizar ningún trámite adicional.
La adhesión es el primer paso para acceder a los beneficios de la Ley de Inocencia Fiscal. La ratificación permite confirmar la permanencia en el régimen para el periodo siguiente, mientras que la convalidación es un trámite excepcional para quienes adhirieron bajo el Decreto 353/25 y deben convalidar dicha adhesión.