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Nuevas disposiciones del régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias

A través del Decreto 1253/2026 se adecúa el Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias a la Ley 27.826 y se reglamentan nuevas reducciones de.

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  • Tema: Ganancias.
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  • A través del Decreto 1253/2026 se adecúa el Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias a la Ley 27.826 y se reglamentan nuevas reducciones de.
Nuevas disposiciones del régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias

A través del Decreto 1253/2026 se adecúa el Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias a la Ley 27.826 y se reglamentan nuevas reducciones de multas. Este decreto sustituye el Anexo del Decreto 93/2026 y un artículo del Decreto 1397/1979.

Los requisitos para adherir o permanecer en el régimen son ahora más flexibles, ya que no se verifican límites de ingresos ni de patrimonio, solo se requiere ser residente fiscal durante todo el período declarado. Este requisito no aplica para el período 2025.

La ratificación anual se limita a la permanencia. Además, se eliminan ciertos controles relacionados con la canalización de operaciones por el sistema financiero, que ahora son regulados por la ley.

Los Grandes Contribuyentes y funcionarios públicos pueden adherir solo para presentar y pagar la DJ simplificada, sin acceder al efecto liberatorio ni a la presunción de exactitud.

Se establece una discrepancia significativa en la DJ simplificada y la prescripción reducida a 3 años de la Ley 11.683, que se mide por porcentaje o monto. La presentación de una declaración rectificativa dentro de los 15 días hábiles de notificada la liquidación administrativa no genera discrepancia.

La presunción de exactitud cubre las DDJJ de Ganancias e IVA presentadas de períodos no prescriptos, salvo en casos de discrepancias significativas.

Las reducciones de multas para MiPyMEs y otros sujetos son del 25% y del 50%, operando de pleno derecho, y la vigencia de estas disposiciones comienza el 23 de octubre de 2026.

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