El régimen simplificado de ganancias ha reducido los requisitos para su opción, eliminando parámetros de ingresos totales y patrimonio. Ahora, ser residente en el país es el único requisito, aunque no se aplica para el período fiscal 2025.
Grandes contribuyentes y funcionarios públicos pueden optar por este régimen solo para la presentación de la declaración jurada y pago, sin acceder a otros beneficios. Sin embargo, aquellos que hayan presentado su declaración antes del 9/10/2026 no tendrán esta restricción para el período fiscal 2025.
Los contribuyentes que opten por este régimen y cumplan con las obligaciones fiscales podrán beneficiarse de la presunción de exactitud, limitando la capacidad del Fisco para investigar su situación tributaria, salvo en casos de discrepancias significativas.
Las discrepancias significativas se definen como aquellas que incrementan el impuesto declarado en un 15% o más, o que superan los $5.000.000. También se consideran impugnaciones por facturas apócrifas sin límites de importe.
El procedimiento de impugnación debe seguir ciertas pautas, y si el contribuyente rectifica su declaración dentro de los 15 días hábiles tras la notificación, no se considera discrepancia significativa.
Las normas de prevención de lavado de activos siguen vigentes, y la tenencia de dólares ahorro no constituye por sí sola un delito de lavado. Los sujetos obligados deben evaluar el perfil de riesgo del cliente y las operaciones sospechosas.