Las personas que reciben una pensión no contributiva por discapacidad a través de Anses deben tener en cuenta el límite de ingresos para mantener el cobro mientras trabajan. Según la Ley 27.793, se permite la compatibilidad con el empleo formal bajo ciertas condiciones, tomando como referencia dos salarios mínimos, vitales y móviles.
En octubre de 2026, el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) es de $391.200, lo que establece un límite de ingresos de $782.400 mensuales. A partir de noviembre, el SMVM será de $398.800, elevando el límite a $797.600 por mes. Estos valores son determinados por la Resolución 4/2026.
La normativa considera los ingresos individuales del beneficiario y no los del grupo familiar. Para acceder a la pensión, el artículo 6 de la ley exige que los ingresos netos no sean iguales o superiores a dos salarios mínimos. Para mantener el cobro mientras se trabaja, el artículo 7 establece que los ingresos no deben superar ese límite.
El artículo 7 también permite la compatibilidad de la pensión con un empleo registrado, siempre que se cumplan los límites de ingresos y otras condiciones legales. Si los ingresos superan los dos salarios mínimos, la pensión se suspenderá automáticamente, pero no se pierde el derecho a la misma.
En caso de finalizar el vínculo laboral o de que los ingresos vuelvan a estar por debajo del límite, el titular puede solicitar la rehabilitación de la pensión. La solicitud debe hacerse ante la autoridad competente y se requiere la acreditación de la discapacidad, documentación de identidad y cumplir con otros requisitos.