Las billeteras virtuales se han integrado en la vida cotidiana, permitiendo realizar pagos, transferencias y recibir ingresos. Sin embargo, es crucial entender qué información sobre estas transacciones es accesible para los organismos fiscales. Las plataformas de pago, como Mercado Pago y Ualá, están obligadas a reportar información a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), lo que permite verificar la situación fiscal de los contribuyentes.
La normativa que regula este régimen incluye la Resolución General N.º 4614/2019, que establece un régimen de información mensual sobre los movimientos realizados a través de billeteras virtuales. Las modificaciones posteriores, como las Resoluciones Generales N.º 5029/2021, N.º 5699/2025 y N.º 5804/2025, actualizan los requisitos de información y los montos mínimos a reportar.
Los movimientos que superen ciertos umbrales deben ser informados a ARCA, aunque esto no implica automáticamente una infracción. La normativa también detalla los impuestos que pueden aplicarse a los fondos en billeteras virtuales, como el Impuesto a las Ganancias, el Impuesto sobre los Bienes Personales y el Impuesto al Cheque. Además, los ingresos generados a través de estas plataformas deben ser considerados en el régimen de Monotributo y en la declaración de Ingresos Brutos.
Es fundamental que los contribuyentes mantengan registros claros de sus transacciones para evitar inconsistencias que puedan llevar a requerimientos de justificación por parte de ARCA.