En Argentina, la edad jubilatoria general es de 65 años para hombres y 60 para mujeres, con un requisito de 30 años de aportes. Sin embargo, existen regímenes previsionales que permiten el retiro anticipado para trabajadores en condiciones de alto desgaste físico.
El Decreto 1852/1975 permite a personal embarcado en tareas de dragado y balizamiento jubilarse desde los 52 años, siempre que cumplan con los servicios exigidos y presenten certificaciones laborales.
Otros grupos pueden jubilarse a partir de los 50 años, incluyendo metalúrgicos, petroleros, mineros subterráneos, vidrieros, hiladores de rayón y trabajadoras de la industria cárnica, cada uno con requisitos específicos de edad y años de servicio.
Para iniciar el trámite, es necesario presentar documentación que verifique los años trabajados y las condiciones de la actividad, como certificaciones de servicios, historia laboral y documentación del empleador que identifique las tareas realizadas.