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Actualizado 04/07 19:57
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Actualización de Requisitos en la Facturación Electrónica por ARCA

La Administración de Recursos y Control de Aportes (ARCA) ha implementado cambios significativos en el régimen de emisión de comprobantes, con el objetivo de.

Datos principales
  • Tema: Impuestos.
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  • La Administración de Recursos y Control de Aportes (ARCA) ha implementado cambios significativos en el régimen de emisión de comprobantes, con el objetivo de.
Actualización de Requisitos en la Facturación Electrónica por ARCA

La Administración de Recursos y Control de Aportes (ARCA) ha implementado cambios significativos en el régimen de emisión de comprobantes, con el objetivo de simplificar y agilizar los procedimientos para los contribuyentes. Estas modificaciones fueron formalizadas a través de la Resolución General 5866/2026, que reemplaza disposiciones anteriores y afecta a una amplia gama de sujetos, incluyendo contribuyentes, entidades financieras, compañías de seguros, administradoras de tarjetas de crédito, instituciones educativas, empresas de medicina prepaga y proveedores de servicios de activos virtuales.

Novedades en la Liquidación Electrónica

Una de las principales innovaciones es la creación de la Liquidación Electrónica Mensual, que permite a los contribuyentes emitir comprobantes tanto por cada operación individual como de manera consolidada al cierre de cada mes. Esta opción brinda flexibilidad a los sujetos alcanzados, quienes podrán optar por emitir facturas por operaciones individuales o por período mensual, según lo consideren conveniente.

Es fundamental que aquellos que elijan la liquidación electrónica mensual conserven los registros y la documentación necesaria para identificar las operaciones incluidas en cada comprobante emitido. Esta medida busca optimizar los procesos administrativos y facilitar la consulta y aplicación de los comprobantes.

Requisitos para Comprobantes a Consumidores Finales

La normativa también introduce cambios en la información que debe consignarse en los comprobantes emitidos a consumidores finales. En operaciones donde el monto sea igual o superior a $10.000.000, el comprobante deberá incluir el DNI, CUIL o CDI del cliente. Para personas extranjeras, se aceptará el documento de identidad del país de origen o el pasaporte correspondiente.

En el caso de operaciones por debajo de este importe, los campos correspondientes al apellido, nombre y domicilio podrán completarse con la sigla 'NR' (No Requerido) o con ceros, siempre que el sistema de facturación o el controlador fiscal así lo exijan. Estos cambios están diseñados para facilitar la gestión de comprobantes y mejorar la experiencia de los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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