A través de la Resolución General 5893/2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha establecido la obligatoriedad de la factura electrónica para los últimos sectores que aún podían emitir comprobantes en papel. Esta medida busca aumentar la transparencia de las operaciones comerciales y optimizar los controles fiscales.
El cronograma de implementación es el siguiente:
- Monotributistas Sociales: Desde el 1° de noviembre de 2026, deberán emitir exclusivamente comprobantes electrónicos.
- Sujetos No Alcanzados por el IVA: Tienen plazo hasta el 1° de marzo de 2027 para adoptar la factura electrónica, prohibiéndose el uso de controladores fiscales.
- Entidades de Seguros: Se aplican excepciones específicas para operaciones no alcanzadas por IVA, con vigencia inmediata.
Los talonarios impresos perderán su validez a partir de las fechas establecidas, salvo en situaciones excepcionales. ARCA también ha implementado una herramienta de asistencia automática para facilitar la transición a la digitalización.