El 3 de septiembre de 2026, la Corte Suprema dictó un fallo en el caso "Adecco Recursos Humanos Argentina S.A. y otro c/ GCBA–AGIP–DGR", que aborda la aplicación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en el contexto de actividades nucleares. La Corte validó la exención tributaria para ciertos contratos relacionados con la Central Nuclear Atucha II, estableciendo que el Congreso puede declarar que un tributo local interfiere con actividades de interés nacional.
La decisión mayoritaria sostiene que la aplicación de tributos locales puede dificultar el cumplimiento de objetivos federales, y que la exención no priva a las jurisdicciones locales de recursos significativos. La disidencia del presidente del Tribunal, Horacio Rosatti, argumenta que la interferencia no puede presumirse y debe ser evaluada caso por caso.