El Instituto Nacional de Semillas (INASE) ha acordado con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la implementación de la Carta de Porte de Semillas, formalizada mediante la Resolución INASE N° 475/2026 publicada en el Boletín Oficial. Este nuevo marco normativo busca unificar los criterios de circulación de semillas en Argentina, asegurando que el material transportado sea correctamente identificado desde la cosecha hasta su entrega.
La implementación será gradual: desde el 1° de octubre de 2026, se permitirá el uso de la Carta de Porte para el traslado de semillas en proceso de fiscalización de especies que requieren carta de porte. A partir del 1° de diciembre de 2026, su uso será obligatorio para especies cuya declaración de SISA se realiza por variedad. Posteriormente, el formulario Anexo I de la Resolución INASE N° 52/09 dejará de ser válido para estas especies.
La Carta de Porte incluirá datos clave como especie, variedad y código de lote, evitando confusiones con grano comercial y garantizando una tributación eficiente de IVA, retenciones y percepciones. La gestión será sin costo para los productores, y se facilitará mediante la integración de los sistemas informáticos de ARCA e INASE.