La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha ampliado la obligación de emitir comprobantes electrónicos originales a nuevos segmentos de contribuyentes mediante la Resolución General 5893/2026, publicada en el Boletín Oficial. Esta medida afecta a quienes no tributan el impuesto al valor agregado, a los monotributistas sociales y a pequeños contribuyentes registrados como efectores de desarrollo local y economía social.
La resolución elimina la posibilidad de utilizar facturas impresas para estos grupos y modifica normas previas, incluyendo las resoluciones 100, 4290, 4291 y 5866. La medida busca incrementar la trazabilidad y transparencia de las operaciones comerciales, además de reducir los costos de cumplimiento para los contribuyentes involucrados.
Los contribuyentes alcanzados deberán emitir comprobantes electrónicos originales o utilizar el sistema 'Controlador Fiscal', según corresponda. Aquellos monotributistas sociales sin un punto de venta habilitado recibirán el comprobante de forma automática, vinculado al servicio 'Comprobantes en línea' y a su domicilio fiscal.
La norma entrará en vigor el 1 de noviembre de 2026, salvo para las entidades de seguros que realicen operaciones fuera del IVA, cuyo cambio rige desde la publicación. La obligación de facturación electrónica para los no alcanzados por el IVA comenzará el 1 de marzo de 2027, manteniendo hasta entonces el régimen de la resolución 100.