La Resolución General 5875/2026 establece un régimen especial de facilidades de pago para regularizar deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026. Este régimen permite financiar la deuda en hasta 18 cuotas con una tasa de interés del 2,75% mensual. La adhesión está abierta hasta el 30 de octubre de 2026.
Los sujetos elegibles incluyen micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, quienes deberán realizar un pago a cuenta del 5% de la deuda consolidada. Las cuotas son mensuales y no pueden ser inferiores a $50.000.
Es importante destacar que este régimen no implica la reducción de intereses ni la liberación de sanciones, por lo que no debe confundirse con una moratoria.