El Poder Ejecutivo ha presentado la Ley de Inocencia Fiscal II, que introduce cambios en las Leyes 27.799, 11.683 y 25.191, con el objetivo de simplificar el sistema tributario. Esta reforma ha generado un intenso debate entre expertos sobre si se trata de una mera simplificación o de un blanqueo encubierto de capitales.
Una de las principales modificaciones es la creación de un régimen simplificado para la presentación de Ganancias, dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país. Para acceder a los beneficios, es necesario mantener la condición de residente fiscal durante todo el ejercicio. En caso de perder esta condición, ARCA podrá realizar fiscalizaciones y aplicar sanciones.
El proyecto también establece restricciones a la fiscalización de ARCA, introduciendo una presunción de exactitud sobre las declaraciones juradas presentadas. Para cuestionar estas declaraciones, ARCA deberá demostrar una discrepancia significativa, definida de manera restrictiva.
Además, la carga de la prueba recaerá sobre ARCA, limitando sus herramientas probatorias. Esto podría dificultar la revisión de períodos anteriores y extender presunciones favorables sobre ejercicios no prescriptos vinculados al IVA.
Otro aspecto relevante es el tratamiento de los fondos incorporados al sistema financiero formal, que serán considerados parte del patrimonio del contribuyente sin un examen exhaustivo de su origen histórico.
El artículo 42 ter de la ley establece que quienes adhieran al régimen y regularicen obligaciones tributarias quedarán eximidos de multas por defraudación, lo que ha generado críticas sobre la posibilidad de que esto se asemeje a una amnistía tributaria.
Por otro lado, el proyecto prevé un endurecimiento de las sanciones por trabajo rural no registrado, con multas que podrían alcanzar hasta $7,5 M por empleado.