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Actualizado 16/07 21:20
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Movilidad de Rentas Vitalicias: Fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social

La Cámara Federal de la Seguridad Social ha confirmado una sentencia que obliga a la ANSES a realizar un cotejo mensual entre los haberes efectivamente.

Datos principales
  • Tema: Jurisprudencia.
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  • La Cámara Federal de la Seguridad Social ha confirmado una sentencia que obliga a la ANSES a realizar un cotejo mensual entre los haberes efectivamente.
Movilidad de Rentas Vitalicias: Fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social

La Cámara Federal de la Seguridad Social ha confirmado una sentencia que obliga a la ANSES a realizar un cotejo mensual entre los haberes efectivamente percibidos por los beneficiarios de rentas vitalicias previsionales y los montos que deberían haber recibido de acuerdo a los aumentos previsionales. Esta decisión se basa en la doctrina establecida por la Corte Suprema en el caso 'Deprati'.

El fallo establece que la garantía de movilidad de las jubilaciones también se aplica a quienes reciben rentas vitalicias, lo que implica que la ANSES debe asegurar que los beneficiarios reciban los ajustes correspondientes. La sentencia se originó a partir de una demanda de una beneficiaria que solicitó reajustes en su prestación, argumentando que la ANSES debía responder por las diferencias, a pesar de que la renta era abonada por una compañía de seguros.

Los jueces de la Cámara, Walter F. Carnota y Nora Carmen Dorado, sostuvieron que es responsabilidad del Estado garantizar la movilidad de las jubilaciones y, por ende, de las rentas vitalicias. Sin embargo, el juez Juan A. Fantini expresó una opinión disidente, argumentando que el precedente 'Badaro' no es aplicable a las rentas vitalicias, ya que estas provienen de un régimen de capitalización.

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