La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) determinó que los beneficios tributarios no pueden ser limitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). En el caso "Gasoducto Gasandes SA c/ EN - AFIP - DGI s/ proceso de conocimiento", la CSJN consideró que un contribuyente no puede perder ventajas fiscales por no cumplir con procedimientos administrativos específicos.
El tribunal sostuvo que la presentación de una solicitud formal era suficiente para acceder a los beneficios establecidos por la ley, independientemente de la adhesión a sistemas aplicativos de AFIP. Este fallo establece un límite a las exigencias formales de la administración fiscal, diferenciando entre requisitos legales y procedimientos reglamentarios.
Expertos en derecho tributario han destacado la importancia de esta sentencia, ya que pone en evidencia la necesidad de que los sistemas administrativos sirvan a los derechos de los contribuyentes y no al revés. La Corte reafirmó que las exigencias administrativas no pueden desnaturalizar derechos reconocidos por la ley.