La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha ratificado los criterios que permiten la suspensión o baja de la Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez. Esta prestación está destinada a personas con problemas de salud que les impiden trabajar. La suspensión puede ser temporal, permitiendo la rehabilitación del cobro, o definitiva, lo que implica la cancelación del beneficio.
Las causales de suspensión incluyen la inasistencia a auditorías, falta de documentación, ingreso a un empleo formal, entre otros. Por otro lado, la caducidad se da en casos como el fallecimiento del beneficiario o la falta de cobro durante tres meses sin justificación.
Para reactivar el cobro tras una suspensión, el beneficiario debe identificar el motivo, reunir la documentación necesaria y presentar la solicitud de rehabilitación. Es importante tener en cuenta que, según el Decreto 843/2024, no se podrán reclamar retroactivos por los meses no percibidos durante la suspensión.