A través de la RG 1173/2026, la Comisión Nacional de Valores (CNV) permite que entidades reconocidas administren el examen de idoneidad. Los postulantes podrán rendir el examen ante la CNV o ante estas entidades autorizadas, ya sea de manera presencial, virtual supervisada o mixta. Las incompatibilidades previas ya no impedirán la inscripción, aunque sí la obtención del título de Idóneo.
La CNV establecerá un valor máximo que las entidades podrán cobrar, y se elimina el pago de la tasa a la CNV por el uso de e-Recauda. Los postulantes que tengan el VEP abonado podrán rendir el examen hasta el 15 de diciembre de 2026, y los exámenes ya realizados mantendrán su validez.
Las entidades administradoras, que pueden incluir universidades y asociaciones profesionales, deberán solicitar su reconocimiento sin aranceles y utilizar solo preguntas habilitadas por la CNV. La CNV conservará el Registro de Idóneos y supervisará a estas entidades.
La vigencia de esta resolución comenzará el 15 de octubre de 2026.