La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió un caso relacionado con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, donde se discutía la alícuota aplicable a la comercialización de combustibles. La firma COMBUSTIBLES PARANÁ S.A.S. promovió una acción declarativa de certeza contra la Provincia de Entre Ríos, argumentando que debía aplicarse la alícuota del 0,25% para la comercialización mayorista, en lugar del 3% correspondiente al comercio minorista que pretendía la Provincia.
La Corte, al compartir los fundamentos de la Procuradora Fiscal, determinó que la causa no correspondía a su competencia originaria, enfatizando que la cuestión debía ser resuelta por los tribunales locales, dado que implicaba la interpretación del Código Fiscal provincial.