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Actualizado 20/09 13:00
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Presentación de la Declaración Jurada de Salud para Trabajadores Autónomos

La presentación de la Declaración Jurada de Salud (Decreto 300/97) es obligatoria para informar sobre incapacidades que puedan afectar la afiliación al Sistema.

Datos principales
  • Tema: Laboral.
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  • La presentación de la Declaración Jurada de Salud (Decreto 300/97) es obligatoria para informar sobre incapacidades que puedan afectar la afiliación al Sistema.
Presentación de la Declaración Jurada de Salud para Trabajadores Autónomos

La presentación de la Declaración Jurada de Salud (Decreto 300/97) es obligatoria para informar sobre incapacidades que puedan afectar la afiliación al Sistema SIPA y la obtención de jubilación por invalidez. Deben presentarla los trabajadores autónomos que ingresen al SIPA, aquellos que hayan dejado de cotizar por más de 12 meses, y los que soliciten reinscripción tras haber solicitado baja. También se incluye a monotributistas y amas de casa bajo la Ley 24.828.

Si no se presenta la declaración o contiene falsedades, la afiliación al monotributo no tendrá efecto para el retiro por invalidez o pensión por fallecimiento. La incapacidad debe ser evaluada por una comisión médica, y se considera total si disminuye la capacidad laboral en un 66% o más.

Para presentar la declaración, se debe ingresar a “Mi ANSES” con CUIL y Clave de ANSES, seleccionar “Atención Virtual” y luego el trámite correspondiente. Es importante cargar toda la documentación requerida, ya que si no se presenta correctamente, se deberá reiniciar el trámite. A partir de 2026, se debe aceptar guardar la documentación presentada por 2 años.

El ente receptor tiene 20 días para evaluar la declaración, y si no hay objeciones, se considera admitida. Sin embargo, en la práctica, los trámites pueden demorar más de 7 meses.

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