El dictamen IF-2026-78251475-APN-DNI#MEC analiza el cumplimiento del requisito de “pago en término” para acceder a los beneficios del régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias, según la Ley 27.799. Para el período fiscal 2025, la RG (ARCA) 5876/2026 establece dos fechas de vencimiento: 27/07/2026 para el pago del impuesto y 27/08/2026 para la presentación de la declaración jurada.
El dictamen aclara que si el contribuyente paga el impuesto antes de conocer el importe definitivo de la declaración, no pierde el carácter de “pago en término”. Para cumplir con este requisito, el contribuyente debe: pagar el importe correspondiente antes del 27/07/2026, presentar la DDJJ simplificada hasta el 27/08/2026, y cancelar cualquier diferencia hasta esa misma fecha.
La normativa establece que el cumplimiento de estas obligaciones permite al contribuyente gozar del efecto liberatorio del pago, salvo que se verifiquen omisiones o irregularidades en la declaración.