La Resolución 1066/2026 establece un procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras sin residencia permanente en establecimientos sanitarios del Estado Nacional. Se definen dos circuitos administrativos: uno para la facturación a compañías de seguros de salud y otro para el cobro directo a particulares sin cobertura.
Para acceder a la atención, los pacientes deben presentar un seguro de salud válido o cancelar el arancel correspondiente. La facturación a compañías aseguradoras requiere la conformación de un Legajo de Facturación que incluya documentación específica y la emisión de una Factura Electrónica de Exportación de Servicios.
En el caso de cobro directo, el paciente debe abonar el 100% del costo antes de recibir la prestación. Las situaciones de emergencia están exceptuadas de este procedimiento, priorizando la atención sanitaria inmediata.
Los establecimientos deben implementar auditorías para asegurar el cumplimiento del procedimiento y la correcta percepción de aranceles. La vigencia de la resolución es a partir del 11 de agosto de 2026.