ARCA ha publicado la Resolución General 5882/2026, que establece un procedimiento para contribuyentes acusados de evasión fiscal que deseen concluir una causa mediante el pago de un importe adicional del 50%, según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 27.430 - Régimen Penal Tributario.
La norma permite la extinción de la acción penal si el imputado cancela las obligaciones evadidas y un importe adicional del 50% dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación de la imputación penal. El pago se realiza mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP) utilizando el formulario de declaración jurada N° 2.712.
Es importante destacar que si el juez no acepta la extinción de la acción penal, el importe adicional solo podrá recuperarse a través del procedimiento de repetición del artículo 81 de la Ley 11.683.