El reciente avance en el proyecto de modificación de la Ley de Inocencia Fiscal ha generado un gran interés en el ámbito contable y fiscal en Argentina. Esta iniciativa busca eliminar los límites de ingresos para adherir al Impuesto a las Ganancias Simplificado, lo que podría abrir las puertas a un mayor número de contribuyentes a este régimen. La Mesa Política del Gobierno ha decidido priorizar esta reforma en el Congreso, junto a otras iniciativas relevantes, como la reforma política y la ley sobre Zonas Frías.
Contexto y Antecedentes
La propuesta fue discutida en una reunión entre funcionarios del Ministerio de Economía y contadores de destacados estudios contables del país. Sin embargo, el avance del proyecto se vio frenado por la controversia relacionada con la adhesión de ciertos funcionarios del gobierno actual al régimen simplificado, lo que generó un debate sobre la equidad y la transparencia del sistema fiscal.
Eliminación de Límites de Ingresos y Patrimonio
Una de las modificaciones más significativas es la eliminación de los topes de ingresos y patrimonio que anteriormente limitaban la adhesión al régimen simplificado. Ahora, los contribuyentes ya no enfrentarán restricciones como ingresos menores a $1.000 millones o patrimonio menor a $10.000 millones. Esto permitirá que aquellos con un alto volumen de operaciones, como la compra y venta de acciones en el Merval, puedan beneficiarse de este régimen.
Condiciones para la Adhesión
A pesar de la eliminación de los límites, los grandes contribuyentes deberán cumplir con ciertas condiciones específicas para poder ingresar al régimen simplificado. La mecánica de determinación de impuestos se simplificará, permitiendo a los contribuyentes evitar la exposición de su patrimonio final o consumido. Sin embargo, es importante destacar que no podrán beneficiarse de la prescripción limitada ni del bloqueo fiscal que protege sobre el IVA y Ganancias de periodos anteriores.
Cambios en la Discrepancia Significativa
Otro aspecto relevante del proyecto es la modificación en la forma en que se determina la discrepancia significativa. Anteriormente, se consideraba una diferencia del 15% sobre el impuesto a pagar; ahora, este porcentaje se calculará sobre el impuesto determinado. Esto significa que, si un contribuyente determina $100 millones de impuestos, la discrepancia deberá superar los $15 millones para que se considere significativa. Además, se establece un piso mínimo de discrepancia de al menos $5 millones, lo que representa un cambio importante en la carga de la prueba.
Presunción de Exactitud y Carga de la Prueba
El proyecto introduce un sistema de doble filtro para proteger a los contribuyentes de arbitrariedades fiscales. No se considerará que existe discrepancia significativa si la diferencia no supera el 5% del umbral del Régimen Penal Tributario para evasión simple. La carga de la prueba recaerá exclusivamente sobre ARCA, que solo podrá utilizar información declarada por el contribuyente, información de sus sistemas y datos de terceros. Esto refuerza la protección del contribuyente frente a indicios no sistematizados.
Implicaciones para Fiscalizaciones y Juicios en Curso
El proyecto también contempla mecanismos de protección ante errores administrativos o judiciales del fisco. Si una resolución que impugna la modalidad simplificada es anulada, se restablecerá la presunción de exactitud, retrotrayendo sus efectos a la situación previa. Además, se establece un plazo de 45 días hábiles para el reintegro de importes pagados durante el proceso, devengando intereses según la tasa de repetición de tributos.
Requisitos de Bancarización y Rol de la UIF
La transparencia financiera será un requisito fundamental para acceder a los beneficios del régimen simplificado. Las operaciones deberán realizarse a través de medios autorizados por el BCRA o la CNV, y la UIF tendrá un papel crucial en la supervisión de estas transacciones. Se permitirá el uso de efectivo en escrituras públicas de inmuebles hasta el 31 de diciembre de 2027, y la UIF deberá emitir normativa complementaria en un plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la ley.
Con estas modificaciones, se espera que más contribuyentes puedan acceder al Régimen Simplificado de Impuesto a las Ganancias, mientras que ARCA tendrá nuevos límites para las inspecciones relacionadas con discrepancias significativas.