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Actualizado 26/06 16:16
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Impacto de los Cambios en el Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias

El régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias ha sido recientemente incorporado mediante la Ley 27.799, ofreciendo una alternativa.

Datos principales
  • Tema: Impuestos.
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  • El régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias ha sido recientemente incorporado mediante la Ley 27.799, ofreciendo una alternativa.
Impacto de los Cambios en el Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias

El régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias ha sido recientemente incorporado mediante la Ley 27.799, ofreciendo una alternativa de cumplimiento para personas humanas y sucesiones indivisas. Este cambio busca reducir la carga administrativa y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Sin embargo, la implementación de este régimen se encuentra en un contexto particular, dado que los vencimientos originales para las declaraciones juradas del período fiscal 2025 estaban programados para los días 11, 12 y 16 de junio, según la terminación de CUIT. A través de la Resolución General 5851/2026, ARCA ha prorrogado las presentaciones hasta el 27 de julio de 2026.

El 5 de junio de 2026, el Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley al Congreso que introduce modificaciones significativas al régimen simplificado. Si se aprueba, estas modificaciones podrían alterar las reglas aplicables para la presentación del período fiscal 2025. A continuación, se detallan los principales cambios propuestos:

1. Eliminación de límites de ingresos y patrimonio

El proyecto elimina los límites de ingresos anuales y patrimonio que actualmente restringen la posibilidad de adherir al régimen. Esto amplía el universo de contribuyentes que podrían optar por esta modalidad, siempre que cumplan con los requisitos generales de adhesión.

2. Nuevo requisito: residencia fiscal durante todo el período

Se establece que los contribuyentes deberán mantener su condición de residentes fiscales argentinos durante todo el período fiscal para el cual presenten la declaración jurada simplificada. Sin embargo, esta exigencia no se aplicará a quienes ejerzan la opción correspondiente al período fiscal 2025.

3. Mayor protección frente a fiscalizaciones de ARCA

Uno de los beneficios del régimen es la presunción de exactitud de la declaración jurada presentada. El proyecto refuerza esta protección, estableciendo que ARCA no podrá cuestionar automáticamente la declaración, a menos que demuestre una discrepancia significativa basada en la información del contribuyente y de terceros.

4. Cambios en el concepto de discrepancia significativa

El proyecto redefine cuándo ARCA podrá impugnar la declaración jurada simplificada. La discrepancia significativa se configurará si hay un incremento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos impositivos. Se mantiene el parámetro del 15%, pero se añade un límite adicional: diferencias inferiores a $5 millones no se considerarán discrepancias significativas.

5. Protección en períodos de IVA

La presunción de exactitud también se aplicará a ciertos períodos fiscales del Impuesto al Valor Agregado relacionados con el período de Ganancias presentado bajo modalidad simplificada, salvo en casos de facturas apócrifas o ingresos improcedentes.

6. Nuevas causales que pueden dejar sin efecto el régimen

El proyecto amplía los supuestos que permiten cuestionar la declaración jurada simplificada, incluyendo el cómputo improcedente de ingresos directos y eliminando la posibilidad de rectificación de la declaración para evitar consecuencias.

7. Mayor trazabilidad financiera para los adheridos

Se introducen nuevas obligaciones para los contribuyentes, quienes deberán realizar sus operaciones a través de medios autorizados por el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores. La constancia de adhesión al régimen podrá ser considerada como un antecedente favorable en materia de prevención de lavado de activos.

8. ¿Qué pasa si el Congreso no aprueba el proyecto antes del vencimiento?

La prórroga hasta el 27 de julio ofrece un plazo adicional para el tratamiento legislativo. Si las modificaciones no son aprobadas antes de esa fecha, se podrían presentar distintos escenarios, incluyendo una nueva prórroga o la aplicación del régimen vigente.

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