El Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) se erige como una de las iniciativas más significativas dentro de la reforma de Modernización Laboral en Argentina. Este régimen tiene como finalidad primordial incentivar la regularización de trabajadores que se encuentran en situación de no registro o con registros deficientes, ofreciendo a los empleadores del sector privado una serie de beneficios fiscales y facilidades de pago que buscan fomentar la formalización del empleo.
Requisitos para la Adhesión al Régimen
Para que los empleadores puedan incorporar a los trabajadores bajo este régimen, es necesario cumplir con ciertos requisitos temporales. En primer lugar, la relación laboral debe haber sido iniciada hasta el 5 de marzo de 2026 y debe mantenerse vigente al momento de la adhesión. Además, es crucial tener en cuenta la fecha límite para ingresar al régimen, que está establecida para el 28 de noviembre de 2026.
En cuanto a las deudas que se pueden alcanzar mediante este régimen, se contemplan las obligaciones previsionales que hayan vencido hasta octubre de 2026. Esto incluye una serie de contribuciones que son esenciales para la seguridad social de los trabajadores.
Beneficios del Régimen
Uno de los aspectos más atractivos del PER es la condonación de deudas que ofrece a los empleadores, la cual varía según el tipo de contribuyente. A continuación, se detallan los porcentajes de condonación:
- Micro y Pequeñas Empresas / Entidades sin fines de lucro: Hasta el 90%
- Medianas Empresas: 80%
- Resto de los Empleadores: 70%
La condonación parcial abarca diversas obligaciones, tales como:
- Sistema Integrado Previsional Argentino.
- Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
- Régimen Nacional de Obras Sociales.
- Fondo Nacional de Empleo.
- Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.
Además, el régimen también prevé la condonación total de ciertos subsistemas, sin distinción del tipo de contribuyente, que incluyen:
- Sistema Nacional del Seguro de Salud.
- Ley de Riesgos del Trabajo.
- Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO).
Facilidades para la Deuda No Condonada
Para aquellos empleadores que tengan deudas no condonadas, el régimen ofrece un plan de facilidades de pago con tasas preferenciales del 1% mensual. Las cuotas mínimas son de $50.000 y se establecen diferentes condiciones según el tipo de contribuyente:
- Micro y Pequeñas Empresas / Entidades sin fines de lucro: Hasta 72 cuotas con un anticipo del 3%.
- Medianas Empresas: Hasta 48 cuotas con un anticipo del 4%.
- Demás Empleadores: Hasta 36 cuotas con un anticipo del 5%.
También existe la opción de abonar la deuda al contado, lo que permitirá una reducción del 50% en el monto total, previa generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP).
Procedimiento de Adhesión
El proceso de adhesión al Régimen de Promoción del Empleo Registrado requiere que los empleadores registren a los trabajadores mediante el sistema de Simplificación Registral. Además, es necesario presentar las declaraciones juradas correspondientes. La cancelación de las deudas determinadas deberá gestionarse a través del servicio “Mis Facilidades”, que facilita la regularización de las obligaciones pendientes.