La Ley 27.826, publicada en el Boletín Oficial, introduce cambios significativos en el régimen de declaración jurada simplificada. Se eliminan los topes de ingresos y patrimonio, permitiendo que más contribuyentes accedan a este régimen. Sin embargo, se establece que el contribuyente debe ser residente fiscal durante todo el período que declara, lo que permite a ARCA fiscalizar y aplicar sanciones si se detecta lo contrario.
Los Grandes Contribuyentes Nacionales ahora pueden optar por presentar la declaración, aunque no acceden a los beneficios del régimen. Además, se redefine la “discrepancia significativa” que habilita a ARCA a revisar declaraciones simplificadas, estableciendo nuevos umbrales y condiciones para la impugnación.
La ley también reduce las multas formales para MiPyMEs y personas humanas, creando un régimen especial con reducciones significativas. En cuanto a los trabajadores rurales, se modifican las sanciones por no registración, aumentando los montos y aplicando nuevas condiciones.
Estos cambios entrarán en vigencia a partir del 9 de octubre de 2026 y tendrán implicaciones importantes para la práctica contable en el país.