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Implementación del Fondo de Asistencia Laboral según la ley 27.802

El 1 de octubre de 2026 se publicó la Resolución General 5907/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reglamenta la declaración y el.

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  • Tema: Laboral.
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  • El 1 de octubre de 2026 se publicó la Resolución General 5907/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reglamenta la declaración y el.
Implementación del Fondo de Asistencia Laboral según la ley 27.802

El 1 de octubre de 2026 se publicó la Resolución General 5907/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reglamenta la declaración y el pago de las contribuciones al Fondo de Asistencia Laboral (FAL) creado por la ley 27.802. Este régimen comenzará a operar el 1 de noviembre de 2026.

La contribución será del 2,5% mensual para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y entidades sin fines de lucro, y del 1% para otros empleadores privados, calculándose sobre las remuneraciones que sirven de base al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Los empleadores deberán declarar esta contribución en el formulario 931 y realizar el pago mediante volante electrónico en los mismos vencimientos que los demás recursos de la seguridad social.

Es importante destacar que la contribución al FAL no incrementa las cargas sociales existentes, ya que se detrae de las contribuciones patronales a la seguridad social, manteniendo la carga total del empleador en un 20,40% o 18%, según corresponda.

Antes de presentar la declaración jurada de noviembre de 2026, todos los empleadores deben ingresar al servicio 'Simplificación Registral' para declarar su condición y obtener el ID FAL.