A partir de noviembre, todos los empleadores en Argentina deberán comenzar a aportar al nuevo Fondo de Asistencia Laboral (FAL), establecido por ley. Este fondo tiene como objetivo cubrir costos por indemnizaciones por despido y juicios laborales. Los aportes, que antes se destinaban a Anses, ahora se dirigirán a cuentas en entidades administradoras en el mercado de capitales.
Los empleadores deberán abrir una cuenta especial con un identificador formal (ID FAL) para realizar estos aportes. Si no se informa un ID FAL válido dentro del mes posterior al vencimiento, ARCA comunicará a la CNV para que asigne uno de oficio. Mientras tanto, los fondos quedarán retenidos sin imputación específica, lo que podría resultar en una pérdida de poder adquisitivo.
Los aportes se realizarán mediante una declaración jurada y un Volante Electrónico de Pago (VEP), y deberán efectuarse en la misma fecha que las demás obligaciones de seguridad social. La falta de pago generará intereses resarcitorios del 2,75% mensual.
El Gobierno ha establecido sanciones para los empleadores que no informen su ID FAL, con multas que pueden alcanzar hasta el 5% de las remuneraciones imponibles del mes anterior, con un mínimo de 10% de un salario mínimo y un máximo de 15 salarios mínimos.