El 22 de septiembre de 2026, el Director General de Aduanas firmó la RESOL-2026-29-E-ARCA-DGADUA, que deja sin efecto las autorizaciones para que los depósitos fiscales cedan espacios para operaciones de Courier. Esta resolución ordena que dichos espacios queden “a plan barrido” en un plazo de treinta días corridos y establece que los trámites pendientes se concluyan en la jurisdicción donde se encuentre la mercadería.
La resolución no se publicará en el Boletín Oficial, lo que genera incertidumbre sobre su eficacia, ya que no se especifican las resoluciones que quedan sin efecto. Esto afecta no solo a los permisionarios de depósito, sino también a los prestadores Courier y a los importadores cuyos envíos circulan por esos espacios. La falta de publicación podría complicar la aplicación de la medida, ya que el plazo de treinta días no tiene un punto de partida claro.
Además, la resolución delega en un micrositio las reglas procedimentales, lo que plantea dudas sobre su validez frente a la normativa vigente que exige publicación oficial para actos de alcance general. La Ley 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos establecen que los actos de alcance general deben ser publicados para adquirir eficacia.