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Actualizado 20/09 13:00
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ARCA aclara requisitos para el régimen simplificado de Ganancias

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha respondido a las inquietudes planteadas por el Consejo en el marco del Espacio de Diálogo con el.

Datos principales
  • Tema: Ganancias.
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  • La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha respondido a las inquietudes planteadas por el Consejo en el marco del Espacio de Diálogo con el.
ARCA aclara requisitos para el régimen simplificado de Ganancias

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha respondido a las inquietudes planteadas por el Consejo en el marco del Espacio de Diálogo con el organismo. Según la Resolución General ARCA 5876/2026, el pago en término se considera cumplido cuando el impuesto a pagar en la declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias se abone dentro del plazo establecido. Si existe una diferencia pendiente, esta debe ser cancelada junto con los intereses resarcitorios hasta la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración jurada.

El cumplimiento de estos requisitos permite mantener los beneficios de efecto liberatorio del pago y la presunción de exactitud. En caso de detectar un pago en exceso, se puede solicitar su reintegro a través de un recurso de repetición o mediante la solicitud de devolución. Además, el excedente puede ser reafectado en el Sistema de Cuentas Tributarias o mediante la presentación digital junto al formulario 399.

El Fisco también recuerda que los saldos a favor del impuesto a las ganancias de períodos anteriores deben ser exteriorizados en la declaración jurada, siendo suficiente que se reflejen en la presentación correspondiente al período fiscal 2025, con fecha límite hasta el 22 de septiembre de 2026.

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