ARCA tiene la facultad de embargar fondos en Mercado Pago y otras billeteras virtuales, siguiendo el mismo procedimiento judicial que se aplica a las cuentas bancarias. Esta medida se basa en la normativa que permite la imposición de embargos sobre cuentas con CVU, apoyándose en la información que los proveedores reportan al fisco.
El embargo es una orden judicial y no una decisión de la billetera, ejecutada por el sistema financiero en el contexto de ejecuciones fiscales. Recientemente, se ha observado un aumento en los embargos sobre cuentas de billeteras virtuales, lo que ha generado preocupación entre las pymes afectadas.
La Justicia ha reconocido la posibilidad de embargar cuentas virtuales, considerándolas como bienes que garantizan las deudas. ARCA actualizó sus normas en 2021 para incluir el embargo de cuentas digitales, y algunas provincias han adaptado sus leyes impositivas para permitir embargos en cuentas administradas por proveedores de servicios de pago.
El proceso de embargo sigue las mismas garantías procesales que rigen para otros activos del deudor, y se aplican límites de inembargabilidad establecidos por la normativa laboral. Sin embargo, el embargo de fondos en billeteras virtuales se realiza mediante un oficio judicial canalizado a través del Banco Central.