La Cámara Contencioso Administrativa Federal, en su Sala IV, emitió un fallo el 9 de junio de 2026 en el caso del Banco de Galicia, relacionado con el Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2018. La entidad demandó la inaplicabilidad de normas que impedían el ajuste por inflación, argumentando que esto generaba confiscatoriedad.
La sentencia de primera instancia favoreció al banco, permitiendo la devolución del tributo ingresado en exceso. La controversia se centró en la aplicabilidad de la doctrina de la Corte Suprema en el precedente Candy y el efecto confiscatorio del diferimiento del cómputo del ajuste según la Ley 27.468.
La Sala IV confirmó la sentencia, estableciendo que la imposibilidad de aplicar el ajuste resultaba en una alícuota efectiva del 74,99%, lo que configuraba confiscatoriedad. Además, se determinó que el diferimiento del cómputo elevaba la carga tributaria al 59,99% del resultado impositivo ajustado, confirmando así la repetición del impuesto abonado en exceso.