El Gobierno de Tucumán ha implementado recientemente una actualización significativa en las bases imponibles que afectan a dos de los principales tributos provinciales. A través de los decretos N° 1.446 y N° 1.447, publicados en el Boletín Oficial, se establece un incremento del 9,91% en las valuaciones fiscales de todos los inmuebles de la provincia, así como un límite del 7,8% para la adecuación del Impuesto a los Automotores y Rodados correspondiente al tercer trimestre de 2026.
Detalles del Revalúo de Inmuebles
El Decreto N° 1.446, que regula el revalúo de inmuebles, establece que el incremento del 9,91% se aplicará sobre la valuación fiscal vigente durante el segundo trimestre del año. Esta medida afecta a todos los inmuebles de la provincia y se fundamenta en las facultades otorgadas por la Ley N° 7.971, que permite a la Dirección General de Catastro realizar revalúos trimestrales de manera simultánea en todo el territorio provincial.
El Poder Ejecutivo ha justificado esta decisión en base a un informe elaborado por el Departamento Valuación de la Dirección General de Catastro, que considera que, dada la situación económica y social actual, es razonable aplicar este porcentaje de actualización. Este ajuste busca reflejar de manera más precisa el valor de los inmuebles en el contexto económico actual.
Límite en el Impuesto a los Automotores
Por otro lado, el Decreto N° 1.447 establece un tope del 7,8% para la actualización del Impuesto a los Automotores y Rodados. Este impuesto se calcula trimestralmente por la Dirección General de Rentas, tomando como base las valuaciones de mercado de los vehículos. La normativa especifica que el incremento del impuesto correspondiente al tercer trimestre de 2026 no podrá superar el 7,8% respecto del monto determinado y liquidado durante el segundo trimestre del año.
Esta medida se adopta en el marco de la Ley N° 8.467 y sus modificatorias, que facultan a la Dirección General de Rentas a actualizar periódicamente las valuaciones de los vehículos, utilizando como referencia los valores publicados por la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA).
El establecimiento de un límite en el ajuste busca mitigar el impacto que estas actualizaciones pueden tener sobre los contribuyentes, considerando la necesidad de equilibrar la presión fiscal en un contexto económico desafiante.
Vigencia de las Normativas
Ambos decretos entraron en vigencia con su publicación oficial y regirán durante el período comprendido entre julio y septiembre de 2026. Es fundamental que los contribuyentes estén al tanto de estas modificaciones para poder planificar adecuadamente sus obligaciones fiscales y evitar sorpresas en sus liquidaciones tributarias.