El 19 de mayo de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió una Instrucción General que marca un cambio significativo en la estrategia judicial del Estado respecto a los reclamos por el Impuesto a las Ganancias aplicado a los haberes jubilatorios. Esta norma se alinea con el criterio jurisprudencial establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo emblemático "García, María Isabel c/ AFIP".
Antecedentes Judiciales Relevantes
El punto de partida de esta nueva directiva se encuentra en la sentencia de la Corte Suprema del 26 de marzo de 2019, que declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley del Impuesto a las Ganancias. La Corte argumentó que estos artículos gravaban las jubilaciones de personas en situaciones de vulnerabilidad, ya sea por edad avanzada o enfermedad. En su fallo, el Tribunal subrayó que el envejecimiento y la discapacidad generan necesidades económicas mayores, lo que exige un tratamiento diferenciado que respete el principio de capacidad contributiva.
Además, la Corte ordenó el reintegro de las sumas retenidas y estableció que, hasta que el Congreso legisle sobre el tema, no se deben realizar descuentos por Ganancias sobre las prestaciones previsionales. Este fallo ha sentado un precedente importante en la defensa de los derechos de los jubilados.
Desarrollo de la Jurisprudencia
Desde el fallo "García", la Corte Suprema ha extendido este criterio a numerosos casos colectivos, rechazando sistemáticamente los recursos del Estado. Esto ha ocurrido incluso tras las modificaciones introducidas por la Ley 27.617, las cuales fueron consideradas insuficientes para proteger a los jubilados en situaciones vulnerables. Fallos posteriores, como los de Godoy, Piccoli, Alazraki, Luna, Castro y Cantu, han reafirmado esta línea, llevando al Máximo Tribunal a desestimar los planteos fiscales mediante el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN), cerrando así la discusión judicial sobre el tema.
Directrices de la Nueva Instrucción General
La nueva Instrucción General instruye a todas las áreas jurídicas competentes a alinear su gestión judicial con la doctrina de la Corte. Entre las disposiciones más relevantes se encuentran:
- No interponer recursos extraordinarios ni de queja contra sentencias que apliquen el criterio "García".
- Desistir de los recursos ya presentados que aún no hayan sido sustanciados.
- Consentir las sentencias de fondo adversas, limitando las apelaciones únicamente a honorarios y costas, con el fin de evitar mayores erogaciones al Estado.
Estas directrices buscan reducir los litigios innecesarios y los costos fiscales derivados de recursos considerados improcedentes.
Excepciones y Posibilidades de Actuación
La Instrucción aclara que esta estrategia no se aplica en casos donde el actor carezca de legitimación activa, como es el caso de asociaciones o colegios profesionales. Sin embargo, se deja abierta la posibilidad de recurrir si existen circunstancias fácticas excepcionales que permitan revertir el criterio judicial, siempre con el aval de la jefatura correspondiente.
Vigencia e Implicaciones Prácticas
La medida entra en vigencia al día siguiente de su dictado y representa un avance en la consolidación de un enfoque judicial que reconoce la protección reforzada de los jubilados en situación de vulnerabilidad. Al mismo tiempo, traslada al Congreso la responsabilidad de dictar una solución legislativa definitiva. En la práctica, esta instrucción implica un cambio de paradigma en la defensa fiscal y aporta mayor previsibilidad a los reclamos previsionales vinculados al Impuesto a las Ganancias.