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Ganancias

Nuevas Pautas de la ARCA para el Régimen de Ganancias Simplificada

El 13 de mayo de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió la Instrucción General 3/2026, que establece un procedimiento de control para.

Datos principales
  • Tema: Ganancias.
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  • El 13 de mayo de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió la Instrucción General 3/2026, que establece un procedimiento de control para.
Nuevas Pautas de la ARCA para el Régimen de Ganancias Simplificada

El 13 de mayo de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) emitió la Instrucción General 3/2026, que establece un procedimiento de control para el régimen de declaración jurada de ganancias simplificada, conforme a la Ley 27.799. Esta normativa tiene como objetivo centralizar y estandarizar la detección de incumplimientos y el tratamiento de los descargos presentados por los contribuyentes que optaron por este régimen especial, que ofrece beneficios de simplificación y presunción de exactitud.

Marco de la Normativa

La instrucción general 3/2026 se centra en la necesidad de un examen riguroso de los tres períodos fiscales inmediatos anteriores para validar la permanencia de los contribuyentes en el régimen. Esto implica que los límites de ingresos y patrimonio no se evaluarán únicamente al momento de la adhesión, sino que se realizará un análisis en una ventana temporal extendida.

Determinación de Parámetros

Para determinar si un contribuyente puede permanecer en el régimen de ganancias simplificada, el organismo verificará que se cumplan concurrentemente las condiciones al 31 de diciembre del año inmediato anterior y durante los dos años fiscales previos. Los parámetros a considerar son:

Límite de Ingresos Totales

El límite de ingresos totales se establece en $1.000.000.000, incluyendo ganancias brutas gravadas, exentas y/o no gravadas, tanto de fuente argentina como extranjera. Esta verificación debe realizarse individualmente en el año anterior al ejercicio de la opción y en cada uno de los dos años inmediatos anteriores. Se consideran todos los ingresos y entradas de fondos propios, salvo los reembolsos de capital.

Límite de Patrimonio Total

El límite de patrimonio total se fija en $10.000.000.000, que incluye la sumatoria de bienes en el país y en el exterior, gravados, exentos y/o no gravados por el Impuesto sobre los Bienes Personales. Esta evaluación se realiza al 31 de diciembre del año anterior a la opción y al 31 de diciembre de cada uno de los dos años inmediatos anteriores.

Procedimiento ante Inconsistencias

Cuando el fisco detecta inconsistencias mediante cruces de datos centralizados, se inicia un proceso que incluye:

  • Notificación al DFE: El contribuyente recibe un aviso de incumplimiento en su Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Plazo de descargo: El responsable cuenta con quince (15) días hábiles administrativos para formular aclaraciones o presentar documentación respaldatoria.
  • Vía jerárquica: El descargo debe realizarse únicamente por el servicio de 'Presentaciones Digitales', bajo el trámite 'Disconformidad sobre exclusión del Régimen de Declaración Jurada Simplificada- Ley 27799'.

Tramitación Interna y Resolución

La Instrucción General obliga a los agentes fiscales a realizar un análisis exhaustivo antes de confirmar la exclusión. Esto incluye:

  • Pedido de antecedentes: Las áreas locales deben solicitar al área central el detalle de los parámetros incumplidos y el procedimiento de cálculo utilizado para la detección de la inconsistencia.
  • Prueba documental: El agente debe contrastar los datos de las bases del Organismo con la documentación aportada por el contribuyente.
  • Interacción con el blanqueo: Si el contribuyente justifica su patrimonio por la adhesión a la Ley 27.743, los agentes deben seguir los lineamientos de la IG 1/2025 para corroborar los activos exteriorizados.

Efectos de la Exclusión

Si el contribuyente no presenta descargo o si este es denegado, se emite un acto administrativo de exclusión firmado por el Juez Administrativo competente. Si el Juez no es abogado, se requiere un dictamen jurídico previo. Como consecuencia, el sujeto queda excluido del régimen simplificado y debe cumplir con las obligaciones del régimen general del Impuesto a las Ganancias respecto del período fiscal observado.

Vigencia de la Normativa

La Instrucción General 3/2026 entró en vigor el 12 de mayo de 2026, siendo aplicable a todas las notificaciones de incumplimiento cursadas a partir de dicha fecha.