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Actualizado 03/07 17:51
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ARCA Implementa Registro Electrónico de Contratos de Exportación de Bienes con Cotización

A partir del 1° de agosto de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementará una nueva normativa que unifica el registro de contratos de.

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  • Tema: Impuestos.
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  • A partir del 1° de agosto de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementará una nueva normativa que unifica el registro de contratos de.
ARCA Implementa Registro Electrónico de Contratos de Exportación de Bienes con Cotización

A partir del 1° de agosto de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementará una nueva normativa que unifica el registro de contratos de exportación de bienes con cotización. Esta medida, establecida en la Resolución General 5872/2026, busca optimizar los procesos de declaración y fortalecer las acciones de control y fiscalización de las operaciones de comercio exterior.

Objetivo de la Nueva Normativa

La principal finalidad de esta modificación es mejorar la eficiencia en el cumplimiento del régimen por parte de los sujetos obligados. Al concentrar las normas previamente aplicadas en un único texto, ARCA pretende simplificar el proceso de registro y facilitar la tarea de los exportadores. Esta unificación responde a la experiencia acumulada desde la implementación de resoluciones anteriores, permitiendo una gestión más clara y accesible.

Registro Electrónico Obligatorio

Con la nueva normativa, todos los contratos de exportación deberán ser declarados electrónicamente antes del embarque de la mercadería. La fecha del contrato se considerará como el día en que se presente el formulario o registro de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE). Para los bienes agrícolas, el registro se realizará a través de la DJVE en estado "salida" en el Sistema Malvina. En el caso de otros bienes con cotización, será necesario presentar el Formulario F 2669 en el sitio web de ARCA, utilizando una clave fiscal de nivel 3.

Plazos y Requisitos Adicionales

Además, se establece un plazo de 15 días para que los exportadores presenten datos complementarios mediante el Formulario F 2670, en caso de que existan diferencias en la comparabilidad de precios. Esta disposición busca asegurar la transparencia y la correcta valoración de los bienes exportados, contribuyendo a un comercio exterior más regulado y eficiente.

Implicancias para los Exportadores

Los exportadores deberán estar atentos a estas nuevas exigencias, ya que el incumplimiento de la normativa podría acarrear sanciones y complicaciones en el proceso de exportación. Es fundamental que los sujetos obligados se familiaricen con el nuevo sistema y cumplan con los plazos establecidos para evitar inconvenientes en sus operaciones comerciales.

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